Cambios en la ITV para vehículos históricos


El nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, aprobado por el Real Decreto 892/2024 y publicado en el BOE, entra en vigor el 1 de octubre y establece particularidades para la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en los vehículos históricos.

Una de las diferencias más destacadas entre la ITV de vehículos históricos y la de otros automóviles es la periodicidad con la que deben pasar la inspección. Aunque el procedimiento técnico de inspección es el mismo que para los vehículos convencionales, la frecuencia de las inspecciones para los vehículos históricos es distinta, adaptándose a las características y uso de este tipo de automóviles.

Además, estos vehículos cuentan con ciertas exenciones reflejadas en la Tarjeta de ITV. Por ejemplo, están exentos de realizar algunas pruebas, como las del frenómetro o placa de holguras. También se les permite no disponer de cinturones de seguridad o dispositivos de alumbrado, elementos que pueden no estar presentes en los vehículos históricos debido a su diseño original.

El Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV (MPITV) establece normas específicas para los vehículos históricos, como permitir el uso de neumáticos con una profundidad inferior a 1,6 mm, algo que no se permitiría en vehículos modernos. Además, el reglamento señala que el uso de repuestos en estos vehículos no se considerará una modificación, manteniendo así la autenticidad del vehículo. Sin embargo, si se altera algún dato en la tarjeta de ITV (TITV), será necesaria una nueva intervención de la autoridad de catalogación.

En resumen, este nuevo reglamento busca adaptar las inspecciones técnicas a las características particulares de los vehículos históricos, proporcionando ciertas flexibilidades para preservar su autenticidad y características originales, mientras se garantiza su seguridad y adecuación para circular.

Cambios en la ITV para coches históricos

Deben tenerse en consideración las novedades, en materia de ITV, incorporadas por el nuevo Real Decreto de Vehículos Históricos. En concreto, sobre la frecuencia de sus ITV, el RD 920/2017, por el que se regula la ITV, se ve modificado de esta manera:

Los vehículos históricos con más de 60 años desde su fabricación o primera matriculación, así como los ciclomotores clasificados como históricos, están exentos de pasar la ITV. Sin embargo, sus propietarios pueden optar por someterlos a una ITV de manera voluntaria. Este cambio se complementa con modificaciones en los requisitos para clasificar un vehículo como histórico, eliminando la fase de catalogación.

Fuente: coches.net

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